Accidentes de Tránsito
Somos un equipo de abogados y abogadas, especialistas en las distintas áreas relacionadas a los accidentes viales con más de veinte años de experiencia en este tipo de reclamos. Parte de nuestro equipo está especializado en el área del derecho de daños y perjuicios permitiendo a nuestros clientes reclamar los daños sufridos y obtener una correcta indemnización económica considerando la relación tiempo / monto de la indemnización. Ya sea se trate de accidentes donde la responsabilidad está clara o siniestros donde resulta más complejo determinar responsables, lo cierto es que en una economía tan imprevisible y castigada como la de nuestro país, las compañías de seguros (Profesionales de la administración del dinero y del lucro financiero) suelen desarrollar complejas estrategias para obtener su beneficio incluso haciendo creer a los particulares que han sido beneficiados con un adecuado monto indemniza torio cuando ello no resulta correcto. Desde nuestro equipo obtendrán desde un inicio el asesoramiento necesario para poder discriminar las situaciones donde el abuso de posición dominante de las compañías aseguradoras o bien desoyen sus fundados reclamos, o los “bicicletean” (tiempos eternos de espera en llamadas o para obtener respuestas parciales, solicitud de documentación interminable e imposible de reunir, etc., etc.) o los están haciéndoles creer que aceptar la propuesta preparatoria resulta una indemnización “adecuada” que en realidad, lejos de resultar ajustada a derecho, resulta una estafa.
Las complejidades de las estrategias desarrolladas por las compañías de seguros hacen que sea imperioso el asesoramiento legal desde el momento más cercano al accidente posible y nuestro equipo está preparado y tiene años de experiencia en brindar dicho asesoramiento. –
Frente a un siniestro vial no dude en comunicarse con nosotros en búsqueda de la solución del conflicto con el mejor asesoramiento posible y así obtener una justa reparación del daño sufrido. –
Preguntas Frecuentes
¿Qué es un reclamo por daños y perjuicios?
Según nuestro Código Civil y Comercial de la Nación, habrá daño cuando se lesione un derecho o un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico. Si bien en muchos casos no será posible sanar completamente el Daño o Perjuicio sufrido, la ley establece la posibilidad de reclamar mediante una acción de Daños y Perjuicios al o los responsables del hecho y/o accidente que produjo el daño, una indemnización.
La indemnización, es el modo legal mediante el cual se intenta reparar el daño o perjuicio causado, ya sea mediante una reparación en especie y/o mediante una suma de dinero a favor de la víctima del hecho.
¿Cualquier daño es indemnizable?
No, para que exista daño en términos jurídicos es preciso cumplir con una serie de requisitos que hacen procedente la acción. Por tal motivo, es preciso evaluar cada caso en particular y verificar que sea viable el reclamo.
¿Qué tipo de acciones por Daños y Perjuicios ofrece el estudio?
Nuestro estudio, cuenta con una amplia trayectoria especializándose en Derecho de Daños y Perjuicios, siendo algunas de nuestras principales áreas:
* Desde hace muchísimos años nos especializamos en reclamos por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito, accidentes Laborales, y aquellos producidos en ámbitos más específicos.
* Asimismo contamos con amplia trayectoria en las acciones por Daños y Perjuicios producidos por Mala Praxis médica y/o Error Profesional de diagnóstico.
Contamos con un equipo de consultores médicos pertenecientes a varias especialidades, con los cuales trabajamos interdisciplinarmente para poder elaborar en conjunto, estrategias y argumentos con fundamentos científicos que nos permitirán optimizar las chances de alcanzar una sentencia favorable.
* Por último, contamos con profesionales especializados en Género y Derecho en la UBA y otras Universidades e instituciones ampliamente reconocidas en materia de Género.
Patrocinamos reclamos por los Daños y Perjuicios Civiles producidos por Violencia de Género (Violencia Sexual, Violencia Física, Violencia Psicológica, Violencia Económica, Violencia Simbólica y Violencia institucional).
Asimismo, acompañamos en sede Penal, aquellas situaciones que lo ameriten. Contamos con una red de profesionales especializados en Derecho Penal, que trabajan en conjunto con nosotros en aquellos casos que la complejidad del hecho lo requiera.
Más allá de las acciones específicas y más conocidas de las aéreas de Derecho y el Género, lo cierto es que muchas veces ciertas situaciones que generan Daños y Perjuicios laborales o de mala praxis, por ejemplo; se encuentran atravesadas por situaciones de Genero que aun hoy, no suelen ser detectadas ni por los abogados y abogadas especializadas en Derecho de Daños, ni por la justicia. Nuestro estudio analizara cualquier acción de Daños y Perjuicios con una perspectiva transversal y de Genero; lo cual le permitirá reclamar ciertos Daños y Perjuicios generalmente invisibilizados o sesgados; y posibilitara, en el caso de obtener una sentencia favorable, reparar de un modo integral el daño acaecido.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En el caso de ser un reclamo en sede Civil, el plazo para iniciar el reclamo es de tres años, mientras que el plazo para reclamar por los daños y perjuicios derivados de accidentes laborales y/o enfermedades profesionales es dos años.
En aquellos casos que el daño encuentre su origen en un delito de Lesa Humanidad, la acción es imprescriptible; esto significa que no se pierde el derecho a ejercer la acción por daños y perjuicios por el transcurso del tiempo.
Más allá de estas pautas básicas para contar la prescripción (plazo legal para iniciar acciones, vencido el cual se extingue el derecho a ejercer dicha acción y por tanto a reclamar una indemnización), existen determinados hechos o actos jurídicos que pueden extenderla ya sea suspendiéndola o bien interrumpiéndola. Por tal motivo es importante efectuar una consulta personalizada que permita analizar cada caso en particular, consideran sus singularidades.
¿Quién paga la indemnización en el caso de insolvencia del demandado?
La solvencia patrimonial de quien es demandado por haber sido autor o responsable del hecho dañoso es fundamental para obtener una indemnización, caso contrario, mas allá de haber logrado un reconocimiento judicial mediante una sentencia favorable, lo cierto es que la sentencia no podrá ser ejecutada, es decir cobrada. Es por ese motivo, al momento de analizar el caso, debemos tener presente cual es el patrimonio del demandado para evitar incurrir en gastos judiciales y honorarios profesionales que no puedan ser recuperados.
En algunos casos, el demandado cuenta con una cobertura frente a las posibles acciones por Daños y Perjuicios que este y/o sus dependientes puedan ocasionar, en cuyo caso será la Compañía de seguros quien, frente a una sentencia favorable, deberá indemnizar los Daños acaecidos.
Más allá de ciertas previsiones que podamos hacer para evitar iniciar un proceso judicial destinado al fracaso, siempre debemos tener presente que los juicios pueden perderse por varios motivos, y que NINGUN profesional responsable y ajustado a las normas éticas de la profesión puede garantizar el resultado favorable de un proceso.
Reclamos de daños y perjuicios provocados por accidentes de tránsito.
Se denomina reclamo de terceros al trámite administrativo que debe llevar adelante la persona damnificada por un siniestro para requerirle a la aseguradora del vehículo responsable la correspondiente indemnización por los daños que ha padecido a causa del mismo.
¿Qué plazo tiene el damnificado para iniciar el reclamo?
El damnificado podrá iniciar el reclamo hasta los tres años de transcurrido el siniestro. Luego de transcurrido dicho plazo sin haberlo iniciado, pierde el derecho a reclamar. Sin perjuicio de ello, el plazo podría ampliarse o variar en ciertos casos excepcionales, por lo que se recomienda asesorarse con un abogado para tener un análisis más claro y detallado sobre su situación puntual.
¿Qué debo hacer si una vez iniciado el reclamo la compañía no me brinda una contestación o me ofrece un monto indemnizando las lesiones sufridas que no me parece suficiente o me ofrece un valor menor al del arreglo del vehículo dañado?
En estos casos, al damnificado se le recomienda que busque asesoramiento de un abogado para que pueda orientar y colaborar al mismo para obtener la suma correspondiente al arreglo, y las lesiones si existieren.
Durante nuestros años de experiencia hemos arribado a la conclusión que la mejor opción es realizar el reclamo “administrativo” (en la compañía de seguros del responsable del accidente) con el asesoramiento y acompañamiento de abogados especialistas y con suficiente experiencia, para evitar las ya referidas estrategias complejas desarrolladas por las compañías de seguros para obtener beneficios a costa de los particulares damnificados en abuso de su posición dominante en la relación de consumo.-
¿Qué pasa si ya realice el reclamo en la compañía de seguros del responsable y no obtengo una pronta respuesta de la Compañía o me refieren que el asegurado al cual le reclamo aún no realizó la denuncia administrativa en su seguro, o sí la hizo pero narrando una versión distinta modificando la mecánica del accidente, o me solicitan un listado interminable de documentación imposible de reunir o dilatan en el tiempo la respuesta o me formulan una propuesta de resarcimiento económico que resulta irrisoria?
En todos estos casos, aun habiendo realizado el reclamo en la compañía del tercero se recomienda, lo antes posible, que se asesore con un abogado para que el mismo le indique como actuar, ya sea intimando mediante carta documento al mismo para que realice la denuncia, iniciando una mediación o de la manera que el profesional crea más conveniente para el caso en particular. Si sufrió lesiones, formular la denuncia penal por violación al art 94 bis del Código Penal es una posibilidad. Si el asegurado realizo la denuncia, pero narrando una mecánica del accidente distintos a los reales, se recomienda al damnificado a también recurrir a un abogado que lo asesore para analizar la situación y tomar la mejor medida para continuar con el reclamo.
¿Por qué motivo debería buscar asesoramiento de un letrado en casos de accidentes de tránsito?
La lógica indicaría que ante un siniestro donde la mecánica resulte clara, la víctima del accidente debería poder reparar su vehículo rápidamente y percibir una indemnización por las lesiones sufridas en el caso que existieren.
En este sentido, muchas veces la lógica y el sentido común se abstraen del mercado asegurador y logran que un simple choque termine en un litigio.
Esto, muchas veces es motivado por la coyuntura de un país donde encontrar un precio cierto es difícil, atentando contra la posibilidad de cuantificar el daño y las políticas de pago de las aseguradoras y valoraciones del daño físico y material alejadas de la jurisprudencia obligan a la víctima de un accidente a litigar contra el responsable y su aseguradora para lograr una reparación integral del daño.
Proliferan los casos donde la victima propietario de un vehículo importado no puede reparar el mismo gestionando el reclamo de tercero o víctimas de lesiones graves donde la indemnización ofrecida guarda relación alguna con lo dispuesto con el artículo 1746 del Código Civil.
Estos son algunos motivos por los cuales la asistencia de un abogado en accidentes de tránsito le brindará la posibilidad de defender sus derechos y perseguir una indemnización ajustada a derecho.
Si buscas asesoramiento podés comunicarte con nosotros y buscaremos brindar una solución adecuada para su caso.
